Arraigo laboral
Para conseguir una Autorización de Residencia y de Trabajo por Arraigo laboral se debe demostrar que se ha permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años, y la existencia de relaciones laborales al menos durante seis meses. Esto se puede conseguir mediante un acta de la Inspección de Trabajo o una resolución judicial o un informe de vida laboral.
De la misma forma, la persona debe carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen.
Esta autorización por arraigo laboral se concede sin necesidad de visado y permite trabajar.
Se solicita en la Oficina de Extranjeros.