AYUDAS A LA CONTRATACIÓN 2025
Empresas o entidades beneficiarias:
Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada (empresas, comercios, profesionales, asociaciones…), con independencia de su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores/as por cuenta ajena, con centro de trabajo y actividad económica en Getxo.
Contratos subvencionables:
Los iniciados entre el 1 de julio 2024 y el 31 de agosto de 2025.
Los contratos serán indefinidos y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50 % de jornada.
* También se subvencionarán contratos de duración determinada de los/as artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos (siendo la duración mínima de estos de 3 meses; y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de jornada).
Cuantía a subvencionar:
- Ayuda máxima de 8.000€ por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa.
- Ayuda máxima de 10.000€ por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa en el supuesto de la contratación de personas pertenecientes a los siguientes colectivos: Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI/IMV, personas menores de 35 años, personas desempleadas de larga duración o personas mayores de 55 años.
- En el caso de contrataciones indefinidas con jornadas superiores al 50%, la subvención (el límite máximo de ayuda) será proporcional a la jornada trabajada.
- En las contrataciones de personas no pertenecientes a colectivos, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75 % de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
- En las contrataciones a colectivos, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 100 % de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
- Todas las cuantías económicas serán incrementadas en un 10% cuando los contratos se realicen a mujeres.
* Para contratos de duración determinada de los/as artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos:
- Ayuda máxima de 6.000€ por cada contrato a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses (3.000€ para contratos de 3 meses)
- Ayuda máxima de 7.500€ por cada contrato a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses en el supuesto de la contratación de personas pertenecientes a los siguientes colectivos: Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI, personas menores de 35 años, personas desempleadas de larga duración o personas mayores de 55 años.
- En el caso de contratación a tiempo parcial con jornadas superiores al 50% o por una duración entre tres y seis meses, la subvención (el límite máximo de la ayuda) será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
Requisitos:
- Las personas a contratar deben estar empadronadas en Getxo, como mínimo el día anterior al inicio de la relación laboral.
- Las personas a contratar deben ser personas desempleadas y estar inscritas manteniéndose en situación de alta como demandantes de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo el día anterior al inicio del contrato.
- Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.
- Se establece un límite máximo de 2 contratos a subvencionar por empresa.
- Quedan excluidas las contrataciones de:
- Personas por cuya contratación ya se hubiese recibido ayuda en la misma empresa en convocatorias anteriores.
- Cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
- Los contratos de formación y aprendizaje.
- Los contratos realizados en la modalidad de fijos discontinuos.
- Los contratos que se celebren en la modalidad de contrato relevo.
Concesión de la subvención:
Por orden de presentación de la solicitud, siempre que estén debidamente cumplimentadas y el expediente esté completo y hasta el límite del crédito presupuestario consignado al efecto en los presupuestos del Ayuntamiento de Getxo.
Documentos de interés:
Plazo de presentación de solicitudes:
Se realizará una única convocatoria con un único plazo de presentación de solicitudes: desde el 12 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Documentación obligatoria:
- Anexo I Modelo de solicitud y declaración responsable
- Anexo II Datos de la contratación
- Documentación referente a la empresa o entidad y a la contratación
Otra documentación a presentar SÓLO si es necesario:
- Anexo IV. Otorgamiento de representación: Solo rellenar en caso de que un tercero presente la solicitud.
- En caso de oponerse a la consulta y verificación de los datos recogidos en las bases, deberá presentar el Anexo V. Información relativa a la consulta y verificación de datos y la documentación requerida.
Pasos:
- Acceder a la Oficina de Administración Electrónica (OAE) identificándose con certificado digital o Juego de barcos.
- Una vez identificado, entrar en Mi registro telemático, Realizar Solicitud, Ayuntamiento de Getxo y elegir en modelo anotación: Promoción Económica: Ayudas al empleo 2025: 1. Solicitud inicial
- Rellenar los datos y adjuntar la documentación requerida y enviar.
Cualquier consulta podrá realizarse en el teléfono de Promoción Económica 944660140, o formularse vía email en getxolan@getxo.eus>
Para problemas con la oficina de administración electrónica: 944660220 o eadministracion@getxo.eus