AYUDAS A LA CONTRATACIÓN 2025

Empresas o entidades beneficiarias:

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada (empresas, comercios, profesionales, asociaciones…), con independencia de su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores/as por cuenta ajena, con centro de trabajo y actividad económica en Getxo.

Contratos subvencionables:

Los iniciados entre el 1 de julio 2024 y el 31 de agosto de 2025.

Los contratos serán indefinidos y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50 % de jornada.

También se subvencionarán contratos de duración determinada de los/as artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos (siendo la duración mínima de estos de 3 meses; y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de jornada).

Cuantía a subvencionar: 

  • Ayuda máxima de 8.000€ por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa.
  • Ayuda máxima de 10.000€ por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa en el supuesto de la contratación de personas pertenecientes a los siguientes colectivos: Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI/IMV, personas menores de 35 años, personas desempleadas de larga duración o personas mayores de 55 años.
  • En el caso de contrataciones indefinidas con jornadas superiores al 50%, la subvención (el límite máximo de ayuda) será proporcional a la jornada trabajada.
  • En las contrataciones de personas no pertenecientes a colectivos, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75 % de los costes salariales anuales de la per­sona contratada, incluyendo la cotización por todos conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
  • En las contrataciones a colectivos, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 100 % de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
  • Todas las cuantías económicas serán incrementadas en un 10% cuando los contratos se realicen a mujeres.

Para contratos de duración determinada de los/as artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos:

  • Ayuda máxima de 6.000€ por cada contrato a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses (3.000€ para contratos de 3 meses)
  • Ayuda máxima de 7.500€ por cada contrato a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses en el supuesto de la contratación de personas pertenecientes a los siguientes colectivos: Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI, personas menores de 35 años, personas desempleadas de larga duración o personas mayores de 55 años.
  • En el caso de contratación a tiempo parcial con jornadas superiores al 50% o por una duración entre tres y seis meses, la subvención (el límite máximo de la ayuda) será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.

Requisitos:

  • Las personas a contratar deben estar empadronadas en Getxo, como mínimo el día anterior al inicio de la relación laboral.
  • Las personas a contratar deben ser personas desempleadas y estar inscritas manteniéndose en situación de alta como demandantes de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo el día anterior al inicio del contrato.
  • Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.
  • Se establece un límite máximo de 2 contratos a subvencionar por empresa.
  • Quedan excluidas las contrataciones de:
    • Personas por cuya contratación ya se hubiese recibido ayuda en la misma empresa en convocatorias anteriores.
    • Cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
    • Los contratos de formación y aprendizaje.
    • Los contratos realizados en la modalidad de fijos discontinuos.
    • Los contratos que se celebren en la modalidad de contrato relevo.

Concesión de la subvención:

Por orden de presentación de la solicitud, siempre que estén debidamente cumplimentadas y el expediente esté completo y hasta el límite del crédito presupuestario consignado al efecto en los presupuestos del Ayuntamiento de Getxo.

Documentos de interés:

Plazo de presentación de solicitudes: 

Se realizará una única convocatoria con un único plazo de presentación de solicitudes: desde el 12 hasta el 31 de diciembre  de 2025.

Documentación obligatoria:

Otra documentación a presentar SÓLO si es necesario:  

Pasos:

  • Acceder a la Oficina de Administración Electrónica (OAE) identificándose con certificado digital o Juego de barcos.
  • Una vez identificado, entrar en Mi registro telemático, Realizar Solicitud, Ayuntamiento de Getxo y elegir en modelo anotación: Promoción Económica: Ayudas al empleo 2025: 1. Solicitud inicial
  • Rellenar los datos y adjuntar la documentación requerida y enviar.

Cualquier consulta podrá realizarse en el teléfono de Promoción Económica 944660140, o formularse vía email en getxolan@getxo.eus>

Para problemas con la oficina de administración electrónica: 944660220 o eadministracion@getxo.eus