Solicitud de cesión de espacios de centros escolares
Este trámite permite solicitar la utilización temporal de espacios e instalaciones de los centros educativos públicos de Getxo para la realización de actividades educativas, culturales, deportivas o sociales que no formen parte de la programación ordinaria de los centros.
La cesión está dirigida a asociaciones, entidades y colectivos del municipio de Getxo que promuevan actividades de interés social dirigidas a la ciudadanía de Getxo. Excepcionalmente, podrán autorizarse actividades de ámbito supramunicipal impulsadas por el propio Ayuntamiento.
La solicitud podrá referirse a cualquiera de los siguientes centros, siempre que exista disponibilidad y la actividad sea compatible con su funcionamiento ordinario:
- Romo Eskola (Gobelaurre Kalea, 41, 48930 Getxo)
- Gobela Ikastola (Goierri Kalea, 14, 48992 Getxo)
- CEIP San Ignacio (Los Fueros Kalea, 14, 48992 Getxo)
- CEIP Larrañazubi (Larrañazubi Kalea, 2, 48992 Getxo)
- CEIP Juan Bautista Zabala (Juan Bautista Zabala Kalea, 3, 48991 Getxo)
- CEIP Zubileta (Izaro Kalea, s/n, 48991 Getxo)
- Geroa Ikastola (Maidagan Kalea, 32, 48993 Getxo)
- CEIP Andra Mari (Peña de Santa Marina Kalea, 12, 48993 Getxo)
Las actividades deberán:
- Tener carácter no lucrativo y ser de interés social.
- Respetar los principios democráticos de convivencia.
- Ser compatibles con el funcionamiento habitual del centro educativo.
- Cumplir la normativa vigente en materia de seguridad, accesibilidad y protección de las personas usuarias.
No podrán autorizarse actividades de carácter privado o familiar ni aquellas que persigan fines lucrativos.
Las solicitudes deberán presentarse ante el Ayuntamiento con una antelación mínima de 20 días naturales respecto a la fecha prevista de inicio de la actividad.
En el caso de actividades que requieran la instalación de atracciones hinchables u otros elementos especiales, la solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 60 días naturales.
La solicitud deberá incluir:
- Descripción de la actividad.
- Calendario o fechas previstas de realización.
- Espacios solicitados.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Documentación complementaria exigible según las características de la actividad.
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- Certificado acreditativo de contratación del seguro de responsabilidad civil.
Cuando proceda, deberá aportarse además:
- Plano de ubicación de instalaciones o elementos temporales, justificando que no se bloquean las vías de evacuación.
- Documentación técnica acreditativa del cumplimiento de las condiciones de seguridad.
- Certificado de revisión anual de atracciones emitido por personal técnico competente o entidad acreditada.
- Boletín de instalación eléctrica temporal, cuando sea necesaria una toma de electricidad.
- Certificado de seguridad y solidez del montaje emitido por personal técnico competente o entidad acreditada.
En el caso de atracciones hinchables, deberá mantenerse una distancia libre de obstáculos de 1,8 metros en todo su perímetro cerrado y de 3,5 metros en su lateral abierto.
Toda la documentación podrá presentarse mediante sede electrónica o en la OAC del municipio.
Las entidades autorizadas deberán:
- Utilizar las instalaciones exclusivamente para la actividad autorizada.
- Garantizar la limpieza, conservación y correcto uso de los espacios.
- Restituir las instalaciones al estado en que fueron recibidas.
- Adoptar las medidas de seguridad necesarias para el adecuado desarrollo de la actividad.
- Cumplir las instrucciones que, en su caso, establezca el Ayuntamiento o el centro educativo.
Las entidades organizadoras serán responsables del desarrollo de la actividad y de los daños personales o materiales que pudieran derivarse de la misma.
Será obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil adecuado a las características de la actividad.
El Ayuntamiento de Getxo no tendrá la consideración de organizador de las actividades autorizadas y no asumirá responsabilidad por los daños o perjuicios que pudieran derivarse de su celebración.
Una vez analizada la solicitud y comprobado el cumplimiento de los requisitos, el Ayuntamiento resolverá sobre su autorización.
La resolución podrá establecer condiciones específicas de uso y será comunicada a la entidad solicitante y a los servicios municipales competentes para la correcta coordinación de la actividad.
La autorización estará siempre supeditada a la disponibilidad de los espacios y a las necesidades propias del centro educativo.
La autorización podrá ser revocada por incumplimiento de las condiciones establecidas, por razones de seguridad o cuando existan necesidades sobrevenidas del centro educativo que hagan necesaria la utilización de las instalaciones para fines propios del servicio público educativo.
- Decreto 76/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la utilización de los edificios e instalaciones docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi para actividades no comprendidas en las programaciones anuales de los centros.
- Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Parlamento Vasco.
- Resto de normativa vigente que resulte de aplicación en materia de utilización de instalaciones públicas, seguridad, responsabilidad civil y régimen local.
Educación
Calle Urgull 4, 2ª planta
48991 (Algorta) Getxo
Teléfono: 94 466 00 63
Email: hezkuntza@getxo.eus