Solicitud de cesión de espacios de centros escolares

Este trámite permite solicitar la utilización temporal de espacios e instalaciones de los centros educativos públicos de Getxo para la realización de actividades educativas, culturales, deportivas o sociales que no formen parte de la programación ordinaria de los centros.

La cesión está dirigida a asociaciones, entidades y colectivos del municipio de Getxo que promuevan actividades de interés social dirigidas a la ciudadanía de Getxo. Excepcionalmente, podrán autorizarse actividades de ámbito supramunicipal impulsadas por el propio Ayuntamiento.

La solicitud podrá referirse a cualquiera de los siguientes centros, siempre que exista disponibilidad y la actividad sea compatible con su funcionamiento ordinario:

  • Romo Eskola (Gobelaurre Kalea, 41, 48930 Getxo)
  • Gobela Ikastola (Goierri Kalea, 14, 48992 Getxo)
  • CEIP San Ignacio (Los Fueros Kalea, 14, 48992 Getxo)
  • CEIP Larrañazubi (Larrañazubi Kalea, 2, 48992 Getxo)
  • CEIP Juan Bautista Zabala (Juan Bautista Zabala Kalea, 3, 48991 Getxo)
  • CEIP Zubileta (Izaro Kalea, s/n, 48991 Getxo)
  • Geroa Ikastola (Maidagan Kalea, 32, 48993 Getxo)
  • CEIP Andra Mari (Peña de Santa Marina Kalea, 12, 48993 Getxo)

Las actividades deberán:

  • Tener carácter no lucrativo y ser de interés social.
  • Respetar los principios democráticos de convivencia.
  • Ser compatibles con el funcionamiento habitual del centro educativo.
  • Cumplir la normativa vigente en materia de seguridad, accesibilidad y protección de las personas usuarias.

No podrán autorizarse actividades de carácter privado o familiar ni aquellas que persigan fines lucrativos.

Las solicitudes deberán presentarse ante el Ayuntamiento con una antelación mínima de 20 días naturales respecto a la fecha prevista de inicio de la actividad.

En el caso de actividades que requieran la instalación de atracciones hinchables u otros elementos especiales, la solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 60 días naturales.

La solicitud deberá incluir:

  • Descripción de la actividad.
  • Calendario o fechas previstas de realización.
  • Espacios solicitados.
  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Documentación complementaria exigible según las características de la actividad.

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Certificado acreditativo de contratación del seguro de responsabilidad civil.

Cuando proceda, deberá aportarse además:

  • Plano de ubicación de instalaciones o elementos temporales, justificando que no se bloquean las vías de evacuación.
  • Documentación técnica acreditativa del cumplimiento de las condiciones de seguridad.
  • Certificado de revisión anual de atracciones emitido por personal técnico competente o entidad acreditada.
  • Boletín de instalación eléctrica temporal, cuando sea necesaria una toma de electricidad.
  • Certificado de seguridad y solidez del montaje emitido por personal técnico competente o entidad acreditada.

En el caso de atracciones hinchables, deberá mantenerse una distancia libre de obstáculos de 1,8 metros en todo su perímetro cerrado y de 3,5 metros en su lateral abierto.

Toda la documentación podrá presentarse mediante sede electrónica o en la OAC del municipio.

Las entidades autorizadas deberán:

  • Utilizar las instalaciones exclusivamente para la actividad autorizada.
  • Garantizar la limpieza, conservación y correcto uso de los espacios.
  • Restituir las instalaciones al estado en que fueron recibidas.
  • Adoptar las medidas de seguridad necesarias para el adecuado desarrollo de la actividad.
  • Cumplir las instrucciones que, en su caso, establezca el Ayuntamiento o el centro educativo.

Las entidades organizadoras serán responsables del desarrollo de la actividad y de los daños personales o materiales que pudieran derivarse de la misma.

Será obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil adecuado a las características de la actividad.

El Ayuntamiento de Getxo no tendrá la consideración de organizador de las actividades autorizadas y no asumirá responsabilidad por los daños o perjuicios que pudieran derivarse de su celebración.

Una vez analizada la solicitud y comprobado el cumplimiento de los requisitos, el Ayuntamiento resolverá sobre su autorización.

La resolución podrá establecer condiciones específicas de uso y será comunicada a la entidad solicitante y a los servicios municipales competentes para la correcta coordinación de la actividad.

La autorización estará siempre supeditada a la disponibilidad de los espacios y a las necesidades propias del centro educativo.

La autorización podrá ser revocada por incumplimiento de las condiciones establecidas, por razones de seguridad o cuando existan necesidades sobrevenidas del centro educativo que hagan necesaria la utilización de las instalaciones para fines propios del servicio público educativo.

  • Decreto 76/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la utilización de los edificios e instalaciones docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi para actividades no comprendidas en las programaciones anuales de los centros.
  • Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Parlamento Vasco.
  • Resto de normativa vigente que resulte de aplicación en materia de utilización de instalaciones públicas, seguridad, responsabilidad civil y régimen local.
Fachada del edificio de Educación del Ayuntamiento de Getxo

Educación

Calle Urgull 4, 2ª planta
48991 (Algorta) Getxo

Teléfono: 94 466 00 63
Email: hezkuntza@getxo.eus