Aportaciones a la modificación de la Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección
Aportaciones a la modificación de la Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección
PROCESO FINALIZADO
El Ayuntamiento tiene en proyecto la modificación de la Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre un plazo de consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto de modificación de la citada ordenanza, sobre los aspectos indicados a continuación.
La ciudadanía y las organizaciones representativas, que se consideren potencialmente afectadas por la modificación, pueden hacer llegar sus opiniones cumplimentado el formulario hasta el día 20/01/2022.
Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa y los objetivos de la modificación.
La citada ordenanza fue modificada por última vez mediante acuerdo plenario de fecha 25/11/2014. Desde ese momento se han aprobado diversas modificaciones de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y del Reglamento de Recaudación. La modificación ahora propuesta va dirigida a adaptar la ordenanza municipal a los mencionados cambios normativos.
Por otra parte, se pretenden mejorar aspectos del procedimiento y requisitos del pago a la carta, procedimiento general y efectos de las bonificaciones, reducciones de tasas, prorrateos y otros.
La necesidad y oportunidad de su aprobación
Las Ordenanzas fiscales tienen una validez indefinida, hasta tanto sean modificadas mediante el procedimiento legal establecido. Su revisión no viene indicada por imperativo legal, sino que es una buena práctica, como resultado de la cual no deben producirse, necesariamente, modificaciones, más allá de las impuestas por los cambios normativos de obligado cumplimiento. También caben las modificaciones que políticamente se consideren convenientes y tengan encaje en la legalidad tributaria.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
No existe otra alternativa para adoptar las medidas planteadas ya que, a tenor de lo dispuesto en la normativa foral, la regulación de los tributos debe hacerse a través de la aprobación o la modificación de la correspondiente ordenanza fiscal.