


Aportaciones a la modificación de la Ordenanza Municipal de ascensores en edificaciones de carácter residencial
El Ayuntamiento de Getxo tiene en proyecto la modificación de la Ordenanza municipal de Ascensores en edificaciones existentes de carácter residencial.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre la fase de aportaciones, con carácter previo a la elaboración del proyecto de modificación de la ordenanza, sobre los aspectos indicados a continuación.
La ciudadanía y las organizaciones representativas de derechos o intereses legítimos que se vieran afectados por la modificación, pueden hacer llegar sus aportaciones cumplimentando este formulario online del 19 de julio al 3 de agosto.
Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
La modificación que se va a abordar pretende adaptar la citada ordenanza a las exigencias actuales de accesibilidad universal, extendiendo para ello el ámbito de aplicación de la misma a otra serie de instalaciones que, además del ascensor, permitan dotar de accesibilidad a las edificaciones existentes o, cuando menos, mejoren las condiciones de accesibilidad que presentan estas edificaciones en la actualidad.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Desde el inicio de la legislatura el área de urbanismo se marcó como objetivo modificar la citada ordenanza para dar respuesta a las necesidades que se han venido detectando durante los años transcurridos desde su aprobación, el 29 de julio de 2.010 y su posterior modificación de 25 de marzo de 2.011.
Objetivos de la norma:
Extender el ámbito de aplicación de la norma a otra serie de instalaciones dirigidas a dotar de accesibilidad a las edificaciones existentes, tanto en el interior como en los accesos a la edificación, tales como rampas, accesos mecánicos y plataformas elevadoras verticales e inclinadas (salva-escaleras).
Posibilitar el empleo de distintos materiales para el cierre de la caja de ascensor, en el caso de que éste se coloque en fachada.
Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
La consecución de los objetivos pretendidos implica la modificación del texto de la vigente ordenanza de ascensores, empezando por su título.