Información Tributaria
Información tributaria - Por tipo de tributo
Impuesto sobre bienes inmuebles
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles de naturaleza rústica, urbana y bienes inmuebles de características especiales sitos en el término municipal.El Ayuntamiento de Getxo exige el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de conformidad con el artículo 20.1 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
javascript:;A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de este impuesto por parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitud de cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
- Información general
- Preguntas frecuentes
- Ejemplo de liquidación
- Bonificacion inmuebles de empresas de construccion y promocion inmobiliaria
- Bonificacion viviendas de proteccion publica (Periodo inicial 3 años)
- Bonificacion viviendas de proteccion publica (Periodo adicional 2 años)
- Bonificacion inmuebles cedidos en programas de alquiler
- Bonificacion inmuebles afectados por catastrofes naturales
- Bonificacion bienes rusticos de cooperativas agrarias
- Exencion para entidades sin fines lucrativos
- Cambio de titularidad en Catastro
- Cambio de representante a efectos de IBI
- Division de la cuota tributaria entre cotitulares
- Devolucion de ingresos indebidos por recalculo VC
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas del término municipal, cualesquiera que sean su clase y categoría.El Ayuntamiento de Getxo exige el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de conformidad con el artículo 20.1 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de este impuesto por parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitud decada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
- Información general
- Preguntas frecuentes
- Ejemplo de liquidación
- Bonificación para vehículos con motor electríco
- Bonificación por antigüedad
- Bonificación por familia numerosa
- Exenciones por movilidad reducida
- Exención para vehículos con cartilla inspección agrícola
- Devolución de la parte proporcional
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica
Impuesto sobre actividades económicas
El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo que grava el ejercicio en el término municipal, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, con independencia de que se ejerzan o no en local determinado y de que se hallen o no especificadas en las Tarifas del impuesto. El Ayuntamiento de Getxo exige el Impuesto sobre Actividades Económicas de conformidad con el artículo 20.1 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
Importante: El Ayuntamiento de Getxo tiene delegada en la Diputación Foral de Bizkaia la gestión recaudatoria en período voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas. Por ello, para cualquier cuestión relacionada con este procedimiento debe contactar con la Diputación Foral de Bizkaia.
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos por cualquier derecho real de goce limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos. El Ayuntamiento de Getxo exige el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana de conformidad con el artículo 20.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de este impuesto por parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitud de cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto como por ejemplo la solicitud de Avance Provisional de Liquidación o la Declaración en el caso de que no exista escritura. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
- Información general
- Preguntas frecuentes
- Ejemplo de liquidación
- Bonificación transmisiones lucrativas por causa de muerte a favor del cónyuge o pareja de hecho
- Declaración en el caso de no existencia de escritura
- Avance provisional de liquidación
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto que grava la realización dentro del término municipal de cualquier construcción, instalación u obras para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que su expedición corresponda al Ayuntamiento de la imposición.El Ayuntamiento de Getxo exige el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras de conformidad con el artículo 20.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de este impuesto por parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitud de cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
- Información general
- Preguntas frecuentes
- Ejemplo de liquidación
- Bonificación por especial interés o utilidad pública
- Bonificación acceso y habitabilidad discapacitados
- Bonificación instalación de sistemas de energía solar
- Bonificación por obras en locales de uso comercial o en oficinas
- Declaración del coste final
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Tasa por la obtención del distintivo OTA residente
La tasa por la ocupación del dominio público es un ingreso de naturaleza tributaria quegrava la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal. Uno de los supuestos de exigencia de la tasa previstos en la Ordenanza correspondiente viene motivado por el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas municipales. El Ayuntamiento de Getxo exige la Tasa por Ocupación del Dominio Público de conformidad con el artículo 21.3.u) de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de esta tasa parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitud de cada uno de cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
Tasa por la prestación de servicios en el cementerio
La tasa por la prestación de servicios del Cementerio Municipal es un ingreso de naturaleza tributaria que grava la asignación de espacios para enterramientos y la realización de diversos servicios relacionados con el cementerio de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de policía sanitaria mortuoria. El Ayuntamiento de Getxo exige la Tasa por la prestación de servicios en el Cementerio Municipal de conformidad con el artículo 21.4.p) de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de esta tasa parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitudde cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
Tasas por la apertura de establecimientos
La tasa por la prestación de servicios por actividades e instalaciones y apertura de establecimientos un ingreso de naturaleza tributaria que se exige por el otorgamiento de licencias de actividad clasificada y por la realización de actividades administrativas de control en los supuestos de comunicación previa de actividades clasificadas y apertura de establecimientos. El Ayuntamiento de Getxo exige la Tasa por la prestación de servicios por actividades e instalaciones y apertura de establecimientos de conformidad con el artículo 21.4.l) de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de esta tasa parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitudde cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
Tasa por la recogida de basura, transporte y tratamiento
La tasa por la recogida de basura, transporte y tratamiento es un ingreso de naturaleza tributaria que se exige por la prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida de basura domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos, locales o establecimientos destinados a actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios, sociales, culturales, deportivas o cualquier otro uso de carácter económico y previsto en el planeamiento urbanístico, así como su transporte y tratamiento. El Ayuntamiento de Getxo exige la Tasa por la prestación de servicios por actividades e instalaciones y apertura de establecimientos de conformidad con el artículo 21.4.s) de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de esta tasa parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, ejemplos de liquidaciones que le permitirán conocer cómo se calcula la cuota a pagar, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitudde cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
Importante: El Ayuntamiento de Getxo tiene delegada en el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia la gestión recaudatoria en período voluntario de la Tasa por el servicio de recogida de basura, transporte y tratamiento. Por ello, para cualquier cuestión relacionada con este procedimiento debe contactar con el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia.
- Información general
- Preguntas frecuentes
- Ejemplo de liquidación
- Solicitud de tarifa reducida para contribuyentes con baja renta
- Solicitud tarifa reducida por inicio de actividad
- Solicitud de tarifa reducida para familias numerosas
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
Tasa por la prestación del servicio de alcantarillado
La tasa por la recogida de basura, transporte y tratamiento es un ingreso de naturaleza tributaria que se exige tanto por la actividad tendente a verificar si se dan las condiciones necesarias para autorizar la acometida a la red de alcantarillado municipal, como por la prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal, y su tratamiento para depurarlas. El Ayuntamiento de Getxo exige la Tasa por Alcantarillado de conformidad con el artículo 21.4.r) de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
A continuación se muestra toda la información relacionada con la exigencia de esta tasa parte del Ayuntamiento de Getxo: Ordenanza Fiscal reguladora del mismo que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitudde cada uno de los beneficios fiscales que, en su caso, permita la normativa de aplicación y de los trámites relacionados con este impuesto. En estos documentos encontrará una descripción de dichos beneficios fiscales y trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
Importante: El Ayuntamiento de Getxo tiene delegada en el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia la gestión recaudatoria en período voluntario de la Tasa por Alcantarillado. Por ello, para cualquier cuestión relacionada con este procedimiento debe contactar con elConsorcio de Aguas Bilbao Bizkaia.
Vados - Tasa por paso de vehículos
Recaudación
El Ayuntamiento de Getxo cuenta con una unidad de Recaudación en la que los contribuyentes pueden solicitar información relativa al estado de sus deudas, obtener duplicados de recibos y justificantes de pago, domiciliar sus tributos en una cuenta bancaria designada por el contribuyente, acogerse a la modalidad de abono fraccionado sin intereses denominado Pago a la Carta para los tributos de carácter periódico, o bien aplazar o fraccionar sus impuestos en las condiciones y plazos establecidos en la Ordenanza de aplicación.
A continuación se muestra toda la información relacionada con estas cuestiones. Ordenanza reguladora de los procedimientos que se encuentre vigente, un resumen de la misma, las respuestas a las preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes, así como los modelos normalizados a emplear para la solicitud de cada una de estas posibilidades. En estos documentos encontrará una descripción de dichos trámites, los plazos para su solicitud y aplicación, la enumeración de la documentación a presentar junto con la solicitud y la propia solicitud.
- Domiciliaciones de tributos
- Información general
- Preguntas frecuentes
- Domiciliación de tributos periódicos
- Desdomiciliación de tributos periódicos - Aplazamientos y fraccionamientos
- Información general
- Solicitud aplazamiento y fraccionamiento - Ordenanza municipal de gestión, recuadación e inspección
Declaraciones de Ingresos
- Tasa por los servicios de préstamo de bicicletas y de aparcamiento de bicicletas privadas
- Precio público ascensor de Ereaga
- Tasa por prestación servicios sociales y salud pública, recogida de animales y servicio canino
- Canón establecimiento vehículos superficie
- Precio público aparcamiento "Manuel Gainza"
Información tributaria - Por alcance de la información
Ordenanzas fiscales
En este apartado podrá encontrar, clasificadas por año de vigencia, las ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos aprobadas por el Ayuntamiento de Getxo.
2021
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
- Tasa por ocupación del dominio público municipal
- Tasa por Prestación de Servicios del Cementerio
- Tasa por la prestación de servicios por actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Licencias de Obras y otros Servicios Técnicos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por alcantarillado
- Gestión, recaudación e inspección
2020
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por Ocupación de Dominio Público
- Tasa por Prestación de Servicios del Cementerio
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Licencias de Obras y otros Servicios Técnicos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por Alcantarillado
- Gestión, recaudación e inspección
2019
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por Ocupación de Dominio Público
- Tasa por Prestación de Servicios del Cementerio
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Licencias de Obras y otros Servicios Técnicos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por Alcantarillado
- Gestión, recaudación e inspección
2018
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por Ocupación de Dominio Público
- Tasa por Prestación de Servicios del Cementerio
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Licencias de Obras y otros Servicios Técnicos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por Alcantarillado
- Gestión, recaudación e inspección
2017
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por Ocupación de Dominio Público
- Tasa por Prestación de Servicios del Cementerio
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Licencias de Obras y otros Servicios Técnicos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por Alcantarillado
- Gestión, recaudación e inspección
2016
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por Ocupación de Dominio Público
- Tasa por Prestación de Servicios del Cementerio
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, Licencias de Obras y otros Servicios Técnicos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por Alcantarillado
- Gestión, recaudación e inspección
Información general
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos tracción mecánica
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por la obtención del distintivo OTA residente
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por Recogida de Basura, transporte y tratamiento
- Tasa por prestación servicios alcantarillado
- Domiciliaciones de tributos
- Aplazamientos y fraccionamientos
Preguntas más frecuentes
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Tasa por la obtención del distintivo OTA residente
- Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Tasa por Alcantarillado
- Domiciliación de tributos
Ejemplos de liquidación
Solicitudes de Beneficios Fiscales
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Bonificacion inmuebles de empresas de construccion y promocion inmobiliaria
- Bonificacion viviendas de proteccion publica (Periodo inicial 3 años)
- Bonificacion viviendas de proteccion publica (Periodo adicional 2 años)
- Bonificacion inmuebles cedidos en programas de alquiler
- Bonificacion inmuebles afectados por catastrofes naturales
- Bonificacion bienes rusticos de cooperativas agrarias
- Exencion para entidades sin fines lucrativos -
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Bonificación para vehículos con motor electríco
- Bonificación por antigüedad
- Bonificación por familia numerosa
- Exenciones por movilidad reducida
- Exención para vehículos con cartilla inspección agrícola -
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana
- Bonificación transmisiones lucrativas por causa de muerte a favor del cónyuge o pareja de hecho -
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
- Bonificación por especial interés o utilidad pública
- Bonificación acceso y habitabilidad discapacitados
- Bonificación instalación de sistemas de energía solar
- Bonificación por obras en locales de uso comercial o en oficinas -
Tasa por la Prestación de Servicios por Actividades e instalaciones y apertura de establecimientos
- Bonificación nuevos emprendedores -
Tasa por recogida de basura, transporte y tratamiento
- Solicitud de tarifa reducida para contribuyentes con baja renta
- Solicitud tarifa reducida por inicio de actividad
- Solicitud de tarifa reducida para familias numerosas -
Tasa por Alcantarillado
- Solicitud de tarifa reducida para contribuyentes de renta baja
- Solicitud de tarifa reducida inicio de actividad
- Solicitud tarifa reducida familias numerosas
Recursos y Otras solicitudes
- General
- Recurso de reposición a liquidaciones tributarias
- Cambio de dirección de notificación de liquidaciones tributarias
- Otorgamiento de la representación
- Domiciliación de tributos
- Desdomiciliación de tributos
- Solicitud de Aplazamiento y fraccionamiento - Impuesto sobre bienes inmuebles
- Cambio de titularidad en Catastro
- Cambio de representante a efectos de IBI
- Division de la cuota tributaria entre cotitulares
- Devolucion de ingresos indebidos por recalculo VC - Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- Devolución de la parte proporcional - Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos
- Declaración en el caso de no existencia de escritura
- Avance provisional de liquidación - Impuesto sobre construcciones instalaciones y obras
- Declaración del coste final - Tasa por la obtención del distintivo OTA residente
- Solicitud de baja - Tasa por la prestación del servicio de Cementerio
- Declaración de datos para la liquidación de la tasa - Tasa por paso de vehículos
- Retirada de placa de vado
Calendario Fiscal
Año 2021
Año 2020
Año 2019
Año 2018
Año 2017
Año 2016
Novedades y anuncios
Novedades y anuncios
- Apertura del plazo para la domiciliación bancaria de los tributos periódicos
- Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público Municipal (Exposición pública en el etablón)
- Entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público Municipal
- Anuncio sobre entidades colaboradoras
Se pone en conocimiento de la ciudadanía que desde el mes de junio 2020 las entidades bancarias Abanca y Caja Duero no se encuentran entre las entidades colaboradoras del Ayuntamiento de Getxo.
Por lo tanto, no se podrá acudir a dichas entidades bancarias para realizar el pago de los recibos de Impuestos y Tasas emitidos por el Ayuntamiento.
Contacto
- Correo Electrónico: zergadunak@getxo.eus
- Teléfono:
- Plusvalía e IBI: 944660028
- Resto de Tributos: 944660025
- Aplazamientos, Fraccionamientos, Domiciliaciones: 944660035 – 944660036